Éxodo 21:1-36

21:1 Estas son las leyes que les propondrás.
21:2 Si comprares siervo hebreo, seis años servirá; mas al séptimo saldrá libre, de balde.
21:3 Si entró solo, solo saldrá; si tenía mujer, saldrá él y su mujer con él.
21:4 Si su amo le hubiere dado mujer, y ella le diere hijos o hijas, la mujer y sus hijos serán de su amo, y él saldrá solo.
21:5 Y si el siervo dijere: Yo amo a mi señor, a mi mujer y a mis hijos, no saldré libre;
21:6 entonces su amo lo llevará ante los jueces, y le hará estar junto a la puerta o al poste; y su amo le horadará la oreja con lesna, y será su siervo para siempre.
21:7 Y cuando alguno vendiere su hija por sierva, no saldrá ella como suelen salir los siervos.
21:8 Si no agradare a su señor, por lo cual no la tomó por esposa, se le permitirá que se rescate, y no la podrá vender a pueblo extraño cuando la desechare.
21:9 Mas si la hubiere desposado con su hijo, hará con ella según la costumbre de las hijas.
21:10 Si tomare para él otra mujer, no disminuirá su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal.
21:11 Y si ninguna de estas tres cosas hiciere, ella saldrá de gracia, sin dinero.
21:12 El que hiriere a alguno, haciéndole así morir, él morirá.
21:13 Mas el que no pretendía herirlo, sino que Dios lo puso en sus manos, entonces yo te señalaré lugar al cual ha de huir.
21:14 Pero si alguno se ensoberbeciere contra su prójimo y lo matare con alevosía, de mi altar lo quitarás para que muera.
21:15 El que hiriere a su padre o a su madre, morirá.
21:16 Asimismo el que robare una persona y la vendiere, o si fuere hallada en sus manos, morirá.
21:17 Igualmente el que maldijere a su padre o a su madre, morirá.
21:18 Además, si algunos riñeren, y uno hiriere a su prójimo con piedra o con el puño, y éste no muriere, pero cayere en cama;
21:19 si se levantare y anduviere fuera sobre su báculo, entonces será absuelto el que lo hirió; solamente le satisfará por lo que estuvo sin trabajar, y hará que le curen.
21:20 Y si alguno hiriere a su siervo o a su sierva con palo, y muriere bajo su mano, será castigado;
21:21 mas si sobreviviere por un día o dos, no será castigado, porque es de su propiedad.
21:22 Si algunos riñeren, e hirieren a mujer embarazada, y ésta abortare, pero sin haber muerte, serán penados conforme a lo que les impusiere el marido de la mujer y juzgaren los jueces.
21:23 Mas si hubiere muerte, entonces pagarás vida por vida,
21:24 ojo por ojo, diente por diente, mano por mano, pie por pie,
21:25 quemadura por quemadura, herida por herida, golpe por golpe.
21:26 Si alguno hiriere el ojo de su siervo, o el ojo de su sierva, y lo dañare, le dará libertad por razón de su ojo.
21:27 Y si hiciere saltar un diente de su siervo, o un diente de su sierva, por su diente le dejará ir libre.
21:28 Si un buey acorneare a hombre o a mujer, y a causa de ello muriere, el buey será apedreado, y no será comida su carne; mas el dueño del buey será absuelto.
21:29 Pero si el buey fuere acorneador desde tiempo atrás, y a su dueño se le hubiere notificado, y no lo hubiere guardado, y matare a hombre o mujer, el buey será apedreado, y también morirá su dueño.
21:30 Si le fuere impuesto precio de rescate, entonces dará por el rescate de su persona cuanto le fuere impuesto.
21:31 Haya acorneado a hijo, o haya acorneado a hija, conforme a este juicio se hará con él.
21:32 Si el buey acorneare a un siervo o a una sierva, pagará su dueño treinta siclos de plata, y el buey será apedreado.
21:33 Y si alguno abriere un pozo, o cavare cisterna, y no la cubriere, y cayere allí buey o asno,
21:34 el dueño de la cisterna pagará el daño, resarciendo a su dueño, y lo que fue muerto será suyo.
21:35 Y si el buey de alguno hiriere al buey de su prójimo de modo que muriere, entonces venderán el buey vivo y partirán el dinero de él, y también partirán el buey muerto.
21:36 Mas si era notorio que el buey era acorneador desde tiempo atrás, y su dueño no lo hubiere guardado, pagará buey por buey, y el buey muerto será suyo.

EL LIBRO DEL PACTO (I): OJO POR OJO, DIENTE POR DIENTE


Buenos días. El día de hoy comenzaremos una serie de tres mensajes acerca del libro del pacto que Jehová le dio a Moisés. Así le llamó Moisés en Ex. 24:7: “Y tomó el libro del pacto y lo leyó a oídos del pueblo…” Por su contenido, podríamos decir que este libro del pacto es el código civil y penal del pueblo de Israel, Jehová se los dio como su constitución. A partir de su aceptación ellos se convertirían en el pueblo de Israel, el pueblo de Dios. Este libro del pacto venía directamente de la mente de Dios y no de la mente de Moisés, así que es uno de los códigos más justos y humanitarios que hay.  

El libro del pacto es un conjunto de leyes que regulan la vida en sociedad del pueblo de Israel y los castigos por los crímenes, que se definirían básicamente como las violaciones a los diez mandamientos. Este libro del pacto es presentado como una serie de casos, discutiendo los posibles escenarios y sus consecuencias legales. Estos escenarios están descritos como sentencias condicionales, es decir, sentencias Si-Entonces. Si alguien comete este crimen, entonces lo castigarás así. Esto con el fin de ayudar a los jueces a decidir en los asuntos legales del pueblo. 

El libro del pacto cubre un amplio rango de tópicos y casos. Si bien ya no aplican como tal a nosotros ni a nuestra sociedad, nos permitirá ver los principios de la justicia divina, y el nivel de santidad que Jehová Dios requería de su pueblo para que viviese como un Reino de Sacerdotes y una Nación Santa. Además, muchas de estas leyes apuntan a Jesús y al nuevo pacto que Él traería en su sangre. 

Hoy aprenderemos la primera parte de este libro del pacto que trata acerca de las leyes sobre la esclavitud, las leyes sobre actos de violencia y las leyes sobre las responsabilidades de amos y dueños. Básicamente, estas leyes tratan acerca del quinto y el sexto mandamiento. Mi oración es que el día de hoy podamos ver el corazón amoroso de Dios y como Él desea que nosotros vivamos en santidad, paz y amor los unos con los otros. Y aunque estas leyes difieren de nuestra época y costumbre, y no son obligatorias para nosotros, podamos entender el espíritu de ellas y vivir en santidad y amor. Amén.


I.- Leyes sobre la esclavitud (1-11)

Miren los vv.1-2. El libro del pacto comienza con las leyes sobre la esclavitud, pero específicamente la esclavitud de los hebreos, es decir los esclavos del mismo pueblo, no acerca de los esclavos extranjeros. Los hijos de Israel podían terminar siendo esclavos principalmente por tres razones: por empobrecimiento extremo, administró mal sus bienes y no teniendo ya cómo sustentarse podría venderse como esclavo a sí mismo y/o a su familia para trabajar a otro por techo y alimento; por una deuda extrema, si adquiriese una deuda tan grande que no pudiese pagar, se daría a sí mismo y/o a su familia como esclavo a su acreedor para honrar la deuda; y por sentencia de un juez, si cometió un crimen y no tiene con qué resarcir el daño, entonces debía darse como esclavo al agraviado en resarcimiento.

Sin embargo, esta esclavitud no sería vitalicia, pues como leímos en el v.2, un esclavo hebreo serviría un máximo de seis años y al séptimo saldría libre, entendiendo que en ese tiempo ya ha pagado lo que debía. No obstante, podría servir durante menos tiempo, si antes del término se celebrase el año jubilar. El jubileo era una celebración del pueblo de Israel cada cincuenta años. Era un año sabático, que debía ser santificado conforme podemos leer en Lv. 25:10: “Y santificaréis el año cincuenta, y pregonaréis libertad en la tierra a todos sus moradores; ese año os será de jubileo, y volveréis cada uno a vuestra posesión, y cada cual volverá a su familia.” En ese año debían liberarse también los esclavos: “Y cuando tu hermano empobreciere, estando contigo, y se vendiere a ti, no le harás servir como esclavo. Como criado, como extranjero estará contigo; hasta el año del jubileo te servirá. Entonces saldrá libre de tu casa; él y sus hijos consigo, y volverá a su familia, y a la posesión de sus padres se restituirá.” (Lv. 25:39-41). 

Los hijos de Israel no podían volver a ser esclavos vitalicios como lo fueron en Egipto, así lo establece Jehová: “Porque son mis siervos, los cuales saqué yo de la tierra de Egipto; no serán vendidos a manera de esclavos.” (Lv. 25:42). Así que si ellos fuesen malos administradores y se empobreciesen o endeudaren en extremo, o si cometieren un crimen y no pudiesen resarcir, servirían por un tiempo como esclavos, pero después saldrían libres en el año sabático, bien sea en el sabático cada siete años o en el jubileo. 

Jesús dijo: “De cierto, de cierto os digo, que todo aquel que hace pecado, esclavo es del pecado.” (Jn. 8:34). Por causa de nuestros pecados, nosotros también nos convertimos en esclavos del pecado. No podíamos sino obedecer a nuestra naturaleza pecaminosa, que nos esclavizaba a los deseos pecaminosos. Aunque no quisiésemos pecar, terminábamos haciéndolo. Pero Jesús es nuestro año sabático, nuestro reposo, “así que, si el Hijo os libertare, seréis verdaderamente libres.” (Jn. 8:36). Si aceptamos a Jesús como nuestro Señor y Salvador, si aceptamos que su muerte en la cruz puede perdonar todos nuestros pecados, entonces Él se convierte en nuestro año sabático y nos libra de nuestra condición de esclavitud. Por lo tanto, esta ley apunta a Jesús como aquel que nos liberta de la esclavitud del pecado.

Miren ahora los vv.3-4. Si el esclavo entrare en servidumbre solo, entonces saldría solo. Si entrase con toda su familia, entonces saldría toda su familia con él. No se podía retener a ningún miembro de la familia. Pero, si el esclavo entrase solo y el amo le diese esposa, y ellos tuviesen hijos, el esclavo saldría solo porque la esposa y los hijos le pertenecen al amo. En aquella época para tomar esposa debía pagarse una dote, es decir, darle bienes al padre de la joven para compensar lo que invirtió criándola y demostrar la suficiencia de bienes para mantenerla. Pero el esclavo, al recibir esposa de su amo, no estaba pagando ninguna dote por ella, así que no podía reclamarla cuando saliese de la esclavitud. Por lo tanto, la esposa e hijos que hubiese tenido, pertenecían al amo ya que él los mantenía. 

Sin embargo, si el esclavo amaba a su esposa e hijos, y no quisiese separarse de ellos podía quedarse con su amo. Miren los vv. 5-6. Aunque le correspondía su libertad por el año sabático, si el esclavo se sintiese bien con su amo, y no quisiese perder a su familia, podía optar por la esclavitud vitalicia. Para ello debían ir a la puerta de la ciudad, donde se encontraban los jueces, y allí le abrirían un agujero en su oreja como señal de su esclavitud. Algunos autores afirman que la cicatriz en la oreja era en sí misma una marca de su esclavitud, otros afirman que el amo le ponía un zarcillo con el símbolo de su familia para mostrar la pertenencia del esclavo a ella. Lo cierto es que el siervo hebreo podría quedarse como esclavo por amor. 

De la misma manera, aunque Jesús nos libertó de la esclavitud del pecado, y no somos ya más esclavos por ello, sin embargo servimos como esclavos a Jesús por amor. Todos los apóstoles se identificaban a sí mismos como esclavos de Dios y Jesús, Pablo (Ro. 1:1); Jacobo y Judas, que eran hermanos de Jesús, hijos de María (Stg. 1:1; Jud. 1:1); Simón Pedro (2P.1:1); y el apóstol Juan (Ap. 1:1). Si realmente Jesús es nuestro Señor, tenemos que renunciar a nuestra voluntad y nuestros propios planes, y rendirnos ante la voluntad de Jesús y al propósito de Dios para nosotros. Les puedo decir que esto es lo mejor que podemos hacer en nuestra vida. De otro modo, seguiríamos siendo esclavos de nuestros deseos pecaminosos, que es hacia donde nos llevan nuestros pensamientos y planes.

Miren los vv. 7-11. Hasta ahora hemos hablado de los esclavos hombres, pero cuando se trataba de una esclava, la cuestión era un poco más complicada. Las esclavas sin familia no podían salir libres los años sabáticos como los hombres, pues en aquella época una mujer no podía trabajar, sino que dependía del hombre para su sustento. Cuando era joven dependía del padre, y cuando se casaba del marido. Pero si un padre empobreciese o se endeudare y no pudiese pagar, podía vender a su hija con la esperanza de que el que la comprase se casase con ella. Sería como la dote que de todas formas un hombre que se enamorase pagaría por ella.

Normalmente quien compraba una joven lo hacía para casarse con ella o para darla por esposa a su hijo, pues las mujeres no eran esclavas tan útiles como los hombres, ya que no tenían tanta fuerza, y no podían trabajar durante su período menstrual. Así que eran más una carga que una inversión. Sin embargo, podía darse el caso de que alguien comprara una joven sin intereses matrimoniales de ningún tipo, sino para ayudar al padre en apuros, esperando que éste después pudiese pagar su rescate, o que algún familiar lo hiciese para casarse con ella.

No obstante, si el amo no se casaba con ella, ni nadie la rescatase, Dios establece que no podían venderla a ningún pueblo extraño (v.8). Debía conservarla hasta que alguien la rescatase o darla en matrimonio de alguna manera. Había la costumbre en aquella época de tomar a una esclava como segunda esposa, si eso sucediese debía mantenerla de la misma manera que a la otra esposa, no podía disminuirle ni su alimento, ni su vestido, ni el deber conyugal. Y si la daba por esposa a su hijo, ya no podía tratarla como esclava, sino que ahora debía tratarla como familia. Todo esto instruyó Dios para proteger a la joven y que no fuese abusada por su amo.

A través de estas leyes Dios no está apoyando ni mucho menos promoviendo la esclavitud, ni la poligamia. Estas cosas existían en aquel tiempo y Dios las está regulando para que sean lo más justas posibles. Las leyes de Israel acerca de la esclavitud son las más humanitarias de aquella época entre todos los pueblos. Esto es porque venían del corazón mismo de Dios y no del pueblo. Además que estas leyes apuntaban a nuestra relación con el pecado y con Jesús como ya hemos aprendido. No vivamos más en la esclavitud del pecado, sino que aceptemos a Jesús como nuestro Señor y Salvador, y sirvámosle a Él por amor. 

II.- Leyes acerca de la violencia y la responsabilidad de los dueños (12-36)

Miren el v.12. El segundo conjunto de leyes que podemos ver acá son las relacionadas a la violencia. Este conjunto de leyes comienza con el homicidio. Si alguien cometía homicidio intencional, violando el sexto mandamiento, debía morir conforme a lo que aprendimos cuando estudiamos aquel mandamiento. Así lo establece Dios acá en el v.12 y en el v.14. Sin embargo, podría darse el caso de que el homicidio no fuese intencional como podemos leer en el v.13. Miren el v.13. En ese caso, la persona no era culpable de homicidio porque no tenía la intención de matar al otro. Así que Dios establecería ciudades de refugio a donde los homicidas no intencionales podían huir como podemos leer en Nm. 35:10-11: “Habla a los hijos de Israel, y diles: Cuando hayáis pasado al otro lado del Jordán a la tierra de Canaán, os señalaréis ciudades, ciudades de refugio tendréis, donde huya el homicida que hiriere a alguno de muerte sin intención.” Esto se cumple en Jos. 20 donde se establecen seis ciudades de refugio dentro del territorio de Israel, a donde el vengador de la sangre, el familiar del muerto, no podía ir a buscar al homicida no intencional. 

Miren ahora los vv. 15-17. Aquí se establecen los otros delitos que conllevan a la pena capital. Primero, en los vv. 15, 17, se establece la pena capital para los hijos rebeldes que golpeen a sus padres o los maldigan. Si no respetan a sus padres, ¿cómo respetarán a su prójimo? Están violando el quinto mandamiento, y al deshonrar a sus padres, están deshonrando a Dios. Así que Jehová establece que deben morir por ello. De la misma manera para el secuestrador. En aquella época el motivo para el secuestro era para vender a la persona como esclavo o para prostituirla. Esto es muy perverso, y viene de un corazón pecaminoso retorcido. ¿Cómo podrían dañar así a su prójimo alejándolo de su familia y haciéndole sufrir de esa manera? Debía sufrir pena de muerte. En Dt. 24:7 nos dice por qué: “Cuando fuere hallado alguno que hubiere hurtado a uno de sus hermanos los hijos de Israel, y le hubiere esclavizado, o le hubiere vendido, morirá el tal ladrón, y quitarás el mal de en medio de ti.” Así quitaría Dios el mal de en medio del pueblo. Maldecir o golpear a los padres, o secuestrar, no parecen delitos graves que merezcan la muerte, sin embargo Dios quería un pueblo santo, y estos delitos venían de un corazón consumido por el pecado, así que la medida disuasiva de Dios para evitar esta clase de delitos era imponer la pena de muerte. 

Miren los vv. 18-19. Acá se establece la pena por lesiones corporales. Si alguien hería a su prójimo, sin muerte ni discapacidad, entonces la persona que lo hirió debe compensarle su salario por el tiempo que no trabajó y pagar todos sus gastos médicos hasta que pueda volver a trabajar. Esta es una forma de arrepentimiento que establece Dios. Si hemos herido a alguien con nuestras acciones o palabras, debemos pedir perdón procurando la manera de resarcir el daño con arrepentimiento. 

Sin embargo, si el herido era un esclavo, la pena dependería del nivel de daño causado. Miren el v.20. Era común que el amo castigare físicamente a un esclavo por no obedecer, pero si el castigo fuese tan severo que el esclavo muriese en su mano, entonces el amo debía ser castigado. Aunque no aparece explícitamente, el castigo debía ser la muerte, por cuanto asesinó a sangre fría a una persona, aunque fuese de su propiedad. Sin embargo, el v.21 establece que si no muere bajo su mano, sino que sobrevive un día o dos, entonces el amo no sería inculpado de homicidio. Miren los vv. 26-27. Si se le hería gravemente, sacándole un ojo o un diente, entonces se le daría a ese siervo su libertad por causa de esto. De esta manera, Dios está tratando de evitar que los amos castigasen con demasiada severidad a sus esclavos, guardando su integridad física.

Miren ahora los vv. 22-23. Si se hiriese a una mujer embarazada y esta muriese, entonces la persona sería culpable de homicidio y debía ser ejecutado. Pero si la mujer no muriese, pero abortare, como el aborto no fue intencional sino accidental, entonces no calificaría como homicidio por lo que la pena debía ser acordada por el marido y el juez. 

Este último caso cierra el conjunto de leyes acerca de la violencia e introduce el principio general para el castigo. Miren los vv. 23-25. Esto se conoce como la ley del talión. Este nombre viene del latín lex talionis que significa ley de lo idéntico, pues el castigo es igual crimen. Es un principio de justicia retributiva, e históricamente constituye el primer principio para establecer una proporcionalidad entre el daño recibido en un crimen y el daño producido en el castigo, siendo así el primer límite a la venganza. Esta ley del talión es el principio general aplicable en la ley mosaica. Los jueces debían equiparar el castigo con el daño causado, con algunas excepciones establecidas por Dios.

En realidad, el propósito de Dios con este principio general era regular la venganza. Por nuestra naturaleza pecaminosa egocéntrica, cuando recibimos un daño, queremos devolverle a la otra persona algo peor. Según este principio, si alguien le sacaba un ojo a su prójimo, entonces debía sacársele el ojo. Pero si alguien nos sacara un ojo, nuestra primera reacción es querer matar a ese desgraciado, ¿cierto? Por eso Dios estableció este principio para que la venganza no excediese al daño ocasionado. Sin embargo, Dios no pretendía que esta fuese la filosofía de vida de los israelitas, que si alguien me rompía una uña, entonces yo iba a romperle la uña. O si alguien me pisaba el pie, yo iba a pisarle el pie también. En realidad la ley del talión era el principio normativo del castigo para los jueces. Sin embargo, el pueblo de Israel lo hizo su estilo de vida. Buscaban resarcimiento en todo.

Pero Jesús enseñó cuál debía ser la filosofía de vida del creyente. En Mt. 5:38-42 Jesús dice: “Oísteis que fue dicho: Ojo por ojo, y diente por diente. Pero yo os digo: No resistáis al que es malo; antes, a cualquiera que te hiera en la mejilla derecha, vuélvele también la otra; y al que quiera ponerte a pleito y quitarte la túnica, déjale también la capa; y a cualquiera que te obligue a llevar carga por una milla, vé con él dos. Al que te pida, dale; y al que quiera tomar de ti prestado, no se lo rehúses.” Jesús exhorta a no buscar la venganza, antes bien debemos procurar la paz, el amor y el servicio. Si alguien quiere abusar de tu buen corazón, déjalo, Dios está mirando desde el cielo y Él castigará. El pacifista hindú Mohandas Gandhi dijo una vez que todos los problemas del mundo se resolverían si todos siguiesen las enseñanzas de Jesús en el Sermón del Monte, y lo que leímos antes es parte de esa enseñanza. Y en otra ocasión dijo: “ojo por ojo y el mundo acabaría ciego”. Él no era cristiano, pero reconoció que las enseñanzas cristianas harían del mundo un lugar mejor. 

La venganza no es el camino de la convivencia. En la misma ley de Moisés Dios estableció que la venganza es suya y Él daría el castigo correcto (Dt. 32:35) y el apóstol Pablo también nos aconseja: “No os venguéis vosotros mismos, amados míos, sino dejad lugar a la ira de Dios; porque escrito está: Mía es la venganza, yo pagaré, dice el Señor.” (Ro. 12:19).  Debemos dejar la venganza en las manos de Dios, y nosotros amar y servir sin importar qué. Si alguien te lastima, no le hagas la cruz, perdona. Si alguien quiere robarte, regálale lo que te está quitando con una palabra de Dios. Si alguien quiere perjudicarte para su propio beneficio, déjalo. Dios está mirando todo esto y Él dará el castigo correcto. Tú ama, perdona y sirve.

En los vv. 28-36 se establece la responsabilidad de los dueños sobre los daños ocasionados por su propiedad. Si el buey de uno matare a un hombre o una mujer libre, sin conocimiento alguno de su amo de que eso pudiese pasar, entonces el buey debía morir y no se podía comer, por lo que el amo perdía todo lo invertido en ese buey. Si en cambio, el amo ya había sido advertido antes del comportamiento de su animal y no hubiese tomado las precauciones, entonces sería culpable de homicidio negligente o culposo, por lo que podía ser sentenciado a muerte o a pagar un rescate por su vida. Si el buey matase a un esclavo, entonces debía pagar el precio del esclavo, treinta siclos de plata, unos doscientos dólares. Si el buey matase a otro buey, sin culpa del amo, entonces el buey vivo debía venderse y dividirse el dinero, y el muerto partirse entre los dos. Pero si hubiese sido negligencia del amo, entonces debía dar un buey vivo al agraviado, y él debía quedarse con el buey muerto. Y si alguien cavase un pozo o una cisterna y no la cubriese, y cayese un animal allí y muriese, entonces debía resarcir el daño y quedarse con el animal muerto. Básicamente el dueño es corresponsable en diferentes grados del daño que hiciese su propiedad. 

La voluntad de Dios es que el pueblo de Israel fuese un Reino de Sacerdotes y una Nación Santa, y con esta visión les dio leyes santas que harían que el pueblo caminase rectamente, y si no lo hiciese habría consecuencias. Ahora nosotros hemos recibido la gracia y la voluntad de Dios de convertirnos en un Reino de Sacerdotes y Gente Santa. Y aunque somos salvos por la fe en Jesús, debemos entender el principio santo de las leyes de Dios y aplicarlas a nuestras vidas igualmente. Ya no debemos ser más esclavos del pecado, sino siervos de Jesucristo que obedecen cabalmente su voluntad.

 Aquí pudimos aprender que Dios quiere que guardemos su Palabra y que no le hagamos daño a nadie, y si hemos hecho algún daño, resarcirlo. Y si alguien nos ha hecho daño, perdonarlo, así como Jesús ha perdonado todas nuestras faltas y nos ha dado entrada en el Reino de Dios. Yo oro para que nosotros seamos una comunidad de amor, paz y perdón que pueda ser ejemplo de verdadera vida cristiana en Panamá y que luchemos cada día para obedecer la Palabra de Dios y ser siervos de nuestro Señor y Salvador Jesucristo. Amén.

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